miércoles, 20 de febrero de 2013

REQUISITOS: OBTENCIÓN Y RENOVACION DEL PERMISO DE CONDUCIR PARA PERSONAS EXTRANJERAS


REQUISITOS: OBTENCIÓN Y RENOVACIÖN DEL PERMISO DE CONDUCIR PARA PERSONAS EXTRANJERAS

Los titulares de licencia de conducir extranjeras tienen permitido conducir en el territorio nacional, vehículos para los cuales están habilitados por la misma y sólo hasta que esté vigente su autorización migratoria.

           El extranjero que no tenga licencia de conducir de su país y se encuentre tramitando su residencia en Guatemala, podrá solicitar ante el Departamento de Tránsito la expedición de un permiso de conducir (Artículo 24 del Reglamento de Tránsito)

          Este Trámite es personal, el permiso solicitado será entregado exclusivamente al extranjero interesado.

           Presentar la documentación que a continuación se detalla en un fólder tamaño oficio con gancho, en el orden respectivo:

1.       Solicitud dirigido del Jefe del Departamento de Transito de la PNC, indicando dirección y número de teléfono para recibir notificaciones

2.       Original y fotocopia legalizada completa de:
a.       pasaporte
b.       licencia extranjera           
                                              
3.       Resolución emitida por Migración en donde se demuestre su estado migratorio dentro del país (Constancia que se encuentra tramitando su residencia temporal o permanente RECIENTE) presentar dos copias

4.       Declaración Jurada: Donde comparezca una persona individual, que se constituya como garante, el cual tiene que ser guatemalteco de origen, por medio del cual haga constar bajo juramento, NO ser garante de otra persona extranjera; hacerse responsable de la estadía en el país del extranjero y de los daños y perjuicios que se ocasionen  en la conducción de vehículos en el territorio guatemalteco, indicando dirección exacta y número de teléfono del garante, en relación al extranjero indicar que solicita al Jefe del Departamento de Tránsito un Permiso de Conducir, su nombre, número de pasaporte y lugar donde fue extendido.

5.       Fotocopia de cédula o DPI legalizada del garante guatemalteco; confrontar firma con cédula de vecindad o DPI

6.       En caso que el solicitante tenga licencia de conducir extranjera y se encuentre vencida deberá presentar certificado de aprobación de examen teórico y práctico por una escuela autorizada por parte de este Departamento.

7.       En caso de carecer de licencia extranjera, presentar un certificado de aprobación de examen teórico y práctico  por una Academia autorizada por parte de éste Departamento.

8.       Traducción jurada de la licencia de conducir, en caso los datos no sean en idioma español.

9.       Examen de vista de agudeza visual, por profesional oftalmólogo u optometrista autorizado por el Departamento.

10.    Dos fotografías tamaño cédula.

11.    Valor del permiso Q. 30.00 por mes  más Q 4.25 comisión del Banco.

12.    Fotocopia simple completa del pasaporte

13.    El Garante debe probar fehacientemente que cuenta con los medios económicos suficientes para cubrir los gastos de los daños y perjuicios que ocasione el extranjero el cual deberá  acompañar los últimos 3 estados de cuenta firmados y sellados los cuales deberán tener un saldo en cada mes de un mínimo de cinco mil quetzales (Q. 5,000.00).


NOTA: Toda la documentación debe ser legalizada por notario e incluir número de colegiado activo, dirección de oficina y número de teléfono del abogado.



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